Disposiciones Legales de Consulta Pública
De conformidad con la Ley Sobre Justicia Constitucional, publicada en Diario Oficial la Gaceta No.30, 792 del 30 de agosto del 2004, particularmente en lo relacionado al Habeas Data y lo dispuesto en el Reglamento de Consulta Pública emitido por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, se invita al público en general a participar e incorporar sus observaciones en la elaboración de leyes, reglamentos y normas técnicas que requieren de un respaldo técnico por parte de todos los participantes del subsector. La Consulta Pública promueve la participación ciudadana con el objetivo de lograr un equilibrio entre el beneficio común de los interesados. Por tanto, los datos suministrados serán tratados con el grado de protección adecuado tomándose las medidas de seguridad necesarias para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado por parte de terceros que los puedan utilizar para finalidades distintas para las que han sido solicitadas, dando cumplimiento a lo establecido en el artículo 182 de la Constitución de la República de Honduras y en los artículos 2, 3, 4, 5, 6, 23, 24 y 25 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, del 30 de diciembre de 2006.