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Preguntas Frecuentes

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Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué es la CREE?

Es un órgano desconcentrado adscrito a la Presidencia de la República. La Comisión actúa en el marco de sus atribuciones con independencia funcional, presupuestaria y financiera, con facultades administrativas suficientes para asegurar la capacidad técnica y financiera necesaria para el cumplimiento de sus objetivos.

Su misión es velar por el cumplimiento de la Ley General de la Industria Eléctrica y desarrollar un marco regulatorio que propicie un sector eléctrico competitivo que resulte en un suministro eficiente, confiable y sostenible en beneficio de los usuarios.

2. ¿Cuáles son las funciones de la CREE?

La Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), tiene las funciones siguientes:

  1. Aplicar y fiscalizar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias que rigen la actividad del subsector eléctrico, para lo cual podrá realizar las inspecciones que considere necesarias con el fin de confirmar la veracidad de las informaciones que las empresas del Sector o los consumidores le hayan suministrado;
  2. Aplicar las sanciones que correspondan a las empresas y usuarios regulados por la Ley en caso de infracciones;
  3. Emitir las regulaciones y reglamentos necesarios para la mejor aplicación de esta Ley y el adecuado funcionamiento del subsector eléctrico;
  4. Otorgar las licencias de operación para transmisión y distribución;
  5. Definir la metodología para el cálculo de las tarifas de transmisión y distribución, vigilar su aplicación, aprobar, difundir y poner en vigencia las tarifas resultantes en su caso;
  6. Establecer la tasa de actualización, el costo unitario de la energía no suministrada, y los bloques horarios a ser utilizados en el cálculo de tarifas;
  7. Aprobar las bases de licitación, supervisar los procesos de compra de potencia y energía por las empresas distribuidoras y aprobar los contratos de compra de potencia y energía que resulten de esos procesos;
  8. Aprobar las solicitudes de los abonados para su clasificación como consumidor calificado;
  9. Aprobar a las empresas distribuidoras el volumen de energía a facturar mensualmente por concepto de alumbrado público;
  10. Prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias entre los participantes de cada una de las etapas del servicio eléctrico, incluyendo a productores y usuarios;
  11. Revisar y aprobar, en su caso, los planes de expansión de la red de transmisión elaborados por el Centro Nacional de Despacho (CND) o por la correspondiente empresa operadora en el caso de sistema aislados que cuenten con transmisión;
  12. Publicar semanalmente las decisiones que adopte, incluyendo los antecedentes con base en los cuales fueron adoptadas las mismas; esta publicación deberá hacerse en forma pedagógica de manera de asegurar su comprensión por la ciudadanía en general;
  13. Someter trimestralmente al Poder Ejecutivo y al Congreso Nacional un informe de las actividades y sugerencias sobre las medidas a adoptar en beneficio del interés público, incluyendo la protección de los usuarios y el desarrollo de la industria eléctrica;
  14. Preparar el proyecto de Reglamento Interno, dentro de los sesenta (60) días después de constituida, así como las modificaciones que se requieran y someterlos a la aprobación del Presidente de la República por conducto de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía;
  15. Contratar la asesoría profesional, consultorías y peritajes que requiera para sus funciones;
  16. Llevar el registro público de Empresas del Sector Eléctrico; y
  17. Las demás que le correspondan en virtud de esta Ley y en virtud del Tratado del Mercado Eléctrico de América Central y sus Protocolos.
3. ¿Cuál es el objetivo Estratégico de la CREE?

Contribuir a la mejora de la prestación de los servicios en el subsector Eléctrico Hondureño, a través de una gestión regulatoria, fiscalizadora, eficiente y transparente.

4. ¿Cómo presento una solicitud de acceso a la información pública?

Esta solicitud de información pública debe presentarse por escrito o por medios electrónicos indicándose con claridad los detalles específicos de la información solicitada. Esta disposición no facultará al solicitante para copiar total o parcialmente las bases de datos.

5. ¿Para una solicitud de información pública, cuál es el tiempo para entregar la respuesta?

Toda solicitud de información requerida debe ser satisfecha en un plazo no mayor de diez días hábiles.

6. ¿Qué tipo de trámites puedo gestionar en la CREE?
  • Registro de empresas del subsector.
  • Emisión de permisos de estudio.
  • Obtención de licencia de operación para empresas de Transmisión y Distribución.
  • Registro como consumidor calificado y como Comercializador de energía eléctrica.
  • Solicitud de participación en Consultas Públicas.
  • Solicitudes de Información de la CREE.
7. ¿Dónde puedo consultar las leyes, reglamentos y normas técnicas?

Puedes consultar en el portal de Instituto de Acceso a la Información Publica https://portalunico.iaip.gob.hn/portal/index.php?portal=444 o en la sección de “Marco Legal” https://www.cree.gob.hn/leyes-reglamentos-y-normas-tecnicas/# de la Página WEB de la CREE.

8. ¿Cuál es el horario de atención de la CREE?

Nuestro Horario de Atención es de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 5:00 p.m.

9. Si tengo dudas sobre el monto sobre la facturación de mi servicio de energía eléctrica, ¿a quién me dirijo?

Debes dirigirte a la Empresa distribuidora para que tus dudas con la factura de energía eléctrica u otras consultas puedan ser atendidas.

10. ¿Cómo presento reclamos y/o denuncias?

Primero debes presentar tu reclamo ante la oficina de servicio al cliente de la Empresa Distribuidora Ejemplo ENEE (a través de EEH), RECO, BELCO, UPCO y INELEM.

Segundo recibirás un Número de Gestión de la Empresa Distribuidora.

Tercero la Empresa Distribuidora tendrá un plazo máximo para atender tu solicitud en función del tipo de gestión.

Cuarto si el plazo máximo se cumple y aún no recibes una respuesta, podrás acceder a la plataforma web de la CREE www.cree.gob.hn en la pestaña de “Consumidor” sección “Reclamos y denuncias”.

Quinto deberás ingresar tu Número de Gestión y número de identidad o pasaporte con que realizaste la gestión ante la Empresa Distribuidora.

Sexto Personal de la CREE dará seguimiento a su solicitud.

Séptimo Tu solicitud de reclamo será atendida mediante una gestión ante la Empresa distribuidora.

Octavo La CREE te contactará para informar los resultados de tu gestión ante la Empresa Distribuidora.

11. ¿Cómo se realiza el ajuste tarifario?

La Tarifas a los clientes se basan en disposiciones técnicas y fundamentos económicos. En el caso de las tarifas que aplica la ENEE a sus clientes, la CREE emitió un reglamento el 20 de abril del 2016 según la gaceta No. 34,012, en donde se detalla los mecanismos técnicos que sustentan el calculo de la tarifa.

La ley prevé revisiones trimestrales, anuales, trianuales y quinquenales para reflejar el cambio de los componentes que afectan la tarifa.

12. ¿Qué tipos de tarifas existen?
  • Residencial
  • Baja Tensión General
  • Media Tensión
  • Alta Tensión
  • Alumbrado público
  • La CREE se encuentra en el proceso de definir la tarifa que se aplicará a las inyecciones eventuales de electricidad que hacen los clientes regulados que utilizan fuentes renovables para la producción eléctrica.
13. ¿Qué son las consultas públicas y como puedo participar en la Consulta Pública de la CREE?

La consulta pública que lleva a cabo la CREE tiene el objetivo de propiciar la participación de las ciudadanas y ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas y reglamentos y puedes participar a través del portal web de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica, en la que se recabará la opinión de las personas y organizaciones que tenga interés.

14. ¿Cómo puedo ahorrar energía eléctrica en mi hogar?

El ahorro es la principal herramienta con que cuenta el cliente para disminuir su factura eléctrica, adicionalmente estarías contribuyendo en una menor huella ecológica en el planeta en el que todos vivimos.

A continuación, te compartiremos un link en donde podrás acceder a las recomendaciones que hace la Secretaría de Ambiente para hacer un uso eficiente y por lo tanto contribuir al ahorro de energía en tu hogar: http://www.miambiente.gob.hn/static/documentos/ocp/GUIAAHORRO2.pdf

15. ¿Quién es el encargado de supervisar el servicio de alumbrado público?

Si bien la ley establece que el servicio de alumbrado público puede ser prestado por empresas especializadas, en la actualidad tal labor recae en las empresas distribuidoras las cuales tienen la obligación de proveer un servicio adecuado y eficiente. Para lograr que el servicio se preste dentro de condiciones que contribuyan al bienestar y seguridad de las personas, la CREE tiene dentro de sus tareas pendientes, la de emitir las regulaciones que aseguren que las empresas alcancen el objetivo para el cual se presta este importante servicio.

16. ¿Qué es una empresa distribuidora?

La distribuidora es aquella empresa que se dedica a transportar energía a los hogares y otros negocios.

Las distribuidoras eléctricas hacen uso de la infraestructura eléctrica, es decir, los cables, transformadores, postes, entre otros con el fin de llevar la electricidad hasta los puntos de consumo. Están organizadas alrededor del país por zonas, lo cual quiere decir que, si eres un cliente residencial, tu suministro depende de la empresa distribuidora que presta sus servicios en la zona donde está tu hogar.

17. ¿Dónde reclamo por fallas de alumbrado público?

En primera instancia puedes llamar vía teléfono o abocarte a las oficinas de servicio al cliente de tu empresa distribuidora de servicio eléctrico para reportar la falla, en caso de no recibir una respuesta favorable a tu gestión en el término que establece la ley, puedes detallar tu reclamo en la página web de CREE www.cree.gob.hn en la sección de “Consumidor” en viñeta de Denuncias y Reclamos para darle seguimiento a tu gestión.

18. ¿Dónde reclamo por las interrupciones del servicio eléctrico?

En primera instancia puedes llamar vía teléfono o abocarte a las oficinas de servicio al cliente de tu empresa distribuidora de servicio eléctrico para reportar la falla, en caso de no recibir una respuesta favorable a tu gestión en el término que establece la ley, puedes detallar tu reclamo en la página web de CREE www.cree.gob.hn en la sección de “Consumidor” en la viñeta de Denuncias y Reclamos para darle seguimiento a tu gestión.

19. ¿Dónde me informo sobre los cortes programados del servicio eléctrico?

Utiliza el siguiente vínculo adjunto de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE).

https://www.facebook.com/Empresa-Nacional-de-Energia-Electrica-ENEE-226039647452465/

Dirección

Col. Los Castaños Sur, Avenida Ramón E. Cruz, anexo del edificio Interamericana, nivel #1 (frente a Seguros Crefisa), Tegucigalpa, Honduras.

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